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La justicia europea dicta que el pacto de pesca con Marruecos no se aplica al Sáhara Occidental (El País)

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El Tribunal de Luxemburgo valida el pacto de pesca entre la UE y Marruecos, pero excluye al Sáhara Occidental porque esa zona "no forma parte del Reino de Marruecos"
LUCÍA ABELLÁN
Bruselas 27 FEB 2018 - 11:47       CET
La justicia europea respalda el acuerdo pesquero entre la UE y Marruecos, pero advierte de que no es aplicable al Sáhara Occidental porque ese territorio “no forma parte del Reino de Marruecos”. Una sentencia del Tribunal de Justicia de la UE divulgada este martes asegura la validez de ese marco, por el que los barcos europeos pueden faenar en aguas marroquíes, aunque obliga a garantizar que esas actividades no se produzcan en las aguas adyacentes al Sáhara Occidental, cuya autonomía reclama el Frente Polisario y la ONU reconoce como derecho.
La decisión supone una victoria moral para las organizaciones que defienden el derecho a la autodeterminación saharaui. "Incluir el territorio del Sáhara Occidental en el ámbito de aplicación del acuerdo de pesca conculcaría determinadas normas de derecho internacional que son de aplicación a las relaciones de la Unión con el Reino de Marruecos, en especial el principio de libre determinación", concluye el texto. El reto consiste ahora en garantizar que los barcos europeos no operan en aguas próximas al Sáhara. Hasta ahora, un 91% de las capturas europeas se producen en esa extensa zona, según precisó el abogado general de la UE hace apenas dos meses.
La interpretación última del tribunal contradice la opinión del abogado general, que a principios de enero consideró inválido el acuerdo pesquero porque, en su opinión, "incumple la obligación de respetar el derecho a la libre determinación" por explotar unas aguas que no pertenecen a Marruecos. Aunque las sentencias suelen respaldar en un 80% el análisis del abogado general, en este caso tan sensible el tribunal se ha apartado de esa doctrina previa, que no es vinculante.
Choque diplomático
A corto plazo, este pronunciamiento legal aplaca el temor a que el acuerdo pesquero que vincula a Bruselas y a Rabat desde 2007 quedase anulado por la sentencia judicial. Más de un centenar de barcos europeos (la mayoría españoles) pescan en aguas marroquíes a cambio de una cuota anual de unos 36 millones de euros. Una decisión contraria a ese marco habría complicado el vínculo entre Europa y Marruecos, clave en la gestión de los flujos migratorios y la lucha contra el terrorismo.
El fallo del tribunal aleja ese escenario de conflicto diplomático, pero proporciona una victoria política a los saharauis al constatar que “ni el acuerdo de pesca ni el protocolo que lo acompaña son de aplicación a las aguas adyacentes al territorio del Sáhara Occidental” porque la expresión zona de pesca marroquí “no incluye” el territorio con derecho a la autodeterminación. El tribunal no resuelve del todo la cuestión. El caso deberá volver ahora al Tribunal Superior de Justicia de Inglaterra y Gales, que preguntó a la justicia europea para que decidiera sobre este litigio, a raíz de una denuncia que presentó en Londres la organización Western Sahara Campaign, defensora de los derechos saharauis. Pero la justicia británica dictará sentencia definitiva aplicando la interpretación ofrecida por el tribunal comunitario.
La decisión del tribunal con sede en Luxemburgo reproduce casi el mismo escenario que se produjo en 2015, cuando el tribunal general de la UE anuló el acuerdo agrícola con Marruecos por motivos muy similares: permitía a Marruecos vender a los países comunitarios productos provenientes del Sáhara Occidental como si fueran propios. El Consejo de la UE recurrió la sentencia y la última instancia judicial acabó respaldando el acuerdo en 2016, pero con una importante victoria para el Frente Polisario, que había llevado el acuerdo comercial ante la justicia. Porque la institución de Luxemburgo consideró, como ahora, que la expresión territorio Reino de Marruecos no incluía el Sáhara Occidental y que, por tanto, el pacto comercial era válido, pero no aplicable a ese territorio ocupado en su mayoría por Marruecos.