Ciudad ocupada de El Aaiún (República Saharaui), 13 de agosto de 2026 (SPS) – La Instancia Saharaui contra la Ocupación Marroquí (ISACOM, ONG que opera desde las zonas ocupadas) condenó enérgicamente la obstrucción por parte de las autoridades marroquíes en la ciudad de Laksabi, al sur de Marruecos, de los trámites de renovación del pasaporte del ciudadano saharaui Affán Sabbar, hijo del fallecido activista y ex preso político Brahim al-Sabbar, considerando la demora de casi un mes en la tramitación de su solicitud y la negativa a firmarla el 5 de agosto como «una restricción de libertad de movimiento y una vulneración de un derecho fundamental».
En un comunicado emitido este miércoles, ISACOM destacó que «las autoridades competentes se abstuvieron de completar los trámites para la recepción y tramitación de la documentación necesaria para la renovación del pasaporte de Affan Sabbar antes de negarse a firmar la solicitud de renovación en la fecha mencionada», afirmando que «estas prácticas carecen de justificación administrativa legítima».
ISACOM vinculó estas acciones con la postura política de la familia Sabbar, conocida por su defensa del derecho del pueblo saharaui a la autodeterminación y consideró que «esta negación contra el hijo del difunto preso político saharaui Brahim Sabbar constituía una represalia contra las posturas de la familia».
El comunicado de ISACOM también recordó la detención de Salah Eddine Sabbar, hermano de Affán, el pasado 5 de diciembre de 2025, y los posteriores malos tratos, aislamiento y condiciones degradantes que sufrió dentro de la cárcel marroquí de Ait Melloul 1.
La organización señaló que «esta práctica de las autoridades marroquíes no solo restringe la libertad de movimiento, sino que también impone limitaciones adicionales al ejercicio de los derechos civiles fundamentales» y reiteró su «rechazo a la política de acoso y represalias contra los ciudadanos saharauis por sus posturas políticas, exigiendo el respeto de sus derechos y libertades fundamentales, incluido el derecho a la libertad de movimiento y al acceso a la documentación administrativa». (SPS)